Morelia Mich.-La administración de justicia administrativa en el Estado de Michoacán, ha estado aislada de medios alternos para solucionar las controversias que surjan entre particulares y la administración pública, motivo por el cual el diputado Sergio Ochoa Vázquez presentó ante el pleno del Congreso del Estado la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la denominación del capítulo octavo y adiciona el artículo 249 BIS del Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán, con la intención de establecer mecanismos alternos de solución de controversias, a través de la mediación y la conciliación.
Con dicha reforma se busca no sólo dar agilidad a la resolución de controversias entre el estado y la sociedad civil, sino que también se pretende restar presión a los asuntos administrativos, a través de la aplicación de una justicia real y pronta.
“Si desde el inicio del procedimiento administrativo y hasta antes de dictarse la resolución correspondiente, se pudiera acceder sin dificultades a mecanismos como la mediación y la conciliación, seguramente muchos de los conflictos administrativos se podrían resolver sin necesidad de llegar a un dilatado y desgastante juicio”, expresó el diputado local.
Dicha reforma sostiene que una vez contestada una demanda por controversia, la cual sea considerada como susceptible de convenio y que no contravenga alguna norma de orden público, ni afecte los derechos de terceros, el Magistrado indicará la fecha en la que se celebrará una audiencia a la que comparecerán personalmente los involucrados, con la intención de llegar a un convenio o acuerdo, mismo que dará fin a la problemática sin repercutir al erario público ni a la sociedad.
Ochoa Vázquez aseguró que por el bien de la ciudadanía, es importante implementar una justicia que cuente con mecanismos más ágiles y económicos que permitan resolver las controversias administrativas de manera eficaz y satisfactoria.
Finalmente el diputado tricolor, sostuvo que además de las ventajas antes mencionadas, con estas modificaciones se evitaría el retraso injustificado del procedimiento administrativo, asimismo se impedirá que a las nuevas administraciones se les hereden las obligaciones y deudas adquiridas fuera de su periodo.