Morelia, Mich.,- El pasado 14 de junio, presenté ante el pleno del Congreso del Estado una iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se hace reformas a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, con la finalidad de eliminar de los reglamentos la facultad de retener las placas de circulación o cualquier documento que sirva para acreditar la legalidad del vehículo como garantía para pago de multas.
Hoy, en Sesión Ordinaria, han sido aprobadas estas reformas, por lo que ya no será posible que los elementos de tránsito retengan documentos del conductor o su vehículo, auto o motocicleta.
Las modificaciones a las Ley de Tránsito y Vialidad entrarán en vigor al día después de su publicación en el Diario Oficial Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo y partir de ese momento, no se podrá suspender la circulación a ningún vehículo, a excepción de situaciones de flagrancia delictiva, influjo indebido de drogas o bebidas alcohólicas, o falta de acreditación de la propiedad o la legal procedencia del vehículo.
La boleta de infracción se levantará por triplicado, entregando el original al sujeto infractor en caso de estar presente o dejándola sobre el parabrisas del vehículo con el cual se cometió la infracción, remitiendo una copia de ésta a la autoridad administrativa donde se encuentra registrado el vehículo, fincando un crédito fiscal a cargo del titular del vehículo registrado y en favor de la autoridad emisora de la infracción respectiva, el cual deberá ser pagado dentro de los 15 días hábiles siguientes a su emisión o al momento de realizar cualquier trámite respecto del vehículo con el cual se cometió la infracción.




