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Darán protección inmediata a mujeres víctimas de violencia: diputados

7 julio, 2016
en Municipios, Politica
Darán protección inmediata a mujeres víctimas de violencia: diputados
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Morelia, Mich., 6 de julio del 2016.- El Pleno del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad, reformas a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres; así como a la Ley para el Desarrollo y Protección de las Madres Jefas de Familia, ambas del Estado de Michoacán, modificaciones propuestas por la Comisión de Igualdad de Género que preside la diputada Socorro Quintana, e integran Brenda Fraga y Yarabí Ávila.

Con el objetivo de que las ordenes de emergencia y preventivas brinden una eficaz e inmediata protección a la mujer víctima de violencia, con la mayor celeridad posible y evitando cualquier posibilidad en la continuación de nuevas agresiones, la comisión en mención propuso reformar el artículo 61 de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres; con ello, dichas ordenes sean otorgadas de manera inmediata.

Cabe señalar que en la legislación local en la materia, dispone que las órdenes de protección de emergencia y preventivas, tendrán una temporalidad no mayor de setenta y dos horas y deberán expedirse por las autoridades competentes dentro de las veinticuatro horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

Es de destacar, que dicha iniciativa presentada en el mes de marzo de este año por la diputada Adriana Campos Huirache, que a decir de la legisladora, es en respuesta a la situación en materia de violencia de género que enfrenta el estado actualmente, y puntualiza que tan sólo en el 2014, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, atendió a 30,671 mujeres víctimas de violencia.

* Aprueban modificación a Ley para el Desarrollo y Protección de las Madres Jefas de Familia
Dicha propuesta de reforma fue presentada en el pasado mes de mayo por la diputada del PT Mary Carmen Bernal, con la cual se reconoce legalmente como madres jefas de familia, también a la persona que sin ser madre de menores de edad, acredite jurídicamente que tiene a su cargo a uno o varios menores de edad y sean las únicas proveedoras del sustento familiar, no perciban ingresos o percibiéndolos, comprobables o no, no sean mayores a dos salarios mínimos.

Las legisladoras integrantes de la comisión dictaminadora señalan que con dicha reforma se beneficia al 24 por ciento de los hogares que en Michoacán están a cargo de una mujer, cifras del Consejo Estatal de Población, COESPO.

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