Por: Eduardo gallegos avila
En conferencia de prensa la mañana de este miércoles, la licenciada Ana Teresa Barrón Patiño, consejera técnica de la Comisión de Derechos Humanos, Asociación Civil, Organismo No Gubernamental; dió a conocer la acción inconstitucional que dicho organismo acaba de presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación al artículo 192 del código penal para el Estado de Michoacán, el cual violenta la libertad de expresión.
Acompañada de otros miembros de ese organismo, subrayó qué al revisar la reforma al artículo referido, esté establece que quien realice, participe o consiente cualquier acción que perjudique el honor de una persona hecha ante otras personas o la publicación por cualquier medio de difusión; caerá en un delito que habrá de sancionarse hasta con tres años de prisión, lo que violenta lo que señala la carta magna.
Según el artículo, el inculpado tendrá como pena privativa de la libertad de tres a cinco años de prisión y una multa de cien a trescientos días de salario mínimo general vigente, así como la reparación del daño en la persona afectada.
Señaló que el referido artículo 192° se contrapone con el numeral 7° de nuestra carta magna ya que el mismo prevé el derecho el derecho a la libertad de expresión, el cual dice que es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio y que ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, subrayó que en ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones o ideas, como instrumento del delito.
El artículo mencionado nace con el nuevo código penal para el estado de Michoacán, que fue promulgada en el gobierno de Salvador Jara Guerrero, y elaborado por la 73 legislatura del congreso del estado, el cual agrava a la población en general asi como también a los comunicadores.





